Manual de Orientación para el Emprendedor Alimenticio
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Microempresas Que Elaboran Productos Alimenticios

¿Se deben inscribir el establecimiento y los productos?
Sí, todos los establecimientos y productos deben registrarse.


¿Cómo se inician los trámites para registrar un establecimiento?
1)
Deberá constituirse la empresa ( sociedad o unipersonal )

2)
Con declaración de Contrato Social o de formación de Sociedad, deberá habilitar el Establecimiento productor. Dicha habilitación se tramita en los respectivos 134 Municipios y en la Dirección de Fiscalización Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires cito en calle 51 Nº 1120 entre 17 y 18 ( 1900 ) La Plata, teléfonos ( 0221) 4535946 / Fax 4535947, Directo 4535945. Conmutador (0221) 4511021/29, interno 145.
Web:www.ms.gba.gov.ar.

Requisitos a presentar para inscripción de establecimientos de productos alimenticios

1)
Nota de solicitud ante la Autoridad Sanitaria correspondiente indicando el horario de atención y teléfono del establecimiento.

2)
Si el trámite se inicia ante la Dirección de Fiscalización Sanitaria, timbrar nota de solicitud por $60,50 ante Banco de la Provincia de Buenos Aires.

3) Presentación por triplicado de las planillas de inscripción de establecimientos según modelo que entrega la Dirección de Fiscalización Sanitaria firmadas por original.

4) Fotocopia de habilitación municipal - constancia firmada por el Director.

5) Fotocopia de certificado de categorización o constancia de iniciación de dicho trámite.

6) Fotocopia de análisis de agua físico - químico y bacteriológico realizado por ente oficial (Ejemplo Universidades, Municipalidades en caso de contar con Laboratorios adecuados, Laboratorio particular reconocido por SENASA, Laboratorio central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires) o de tener agua de red, fotocopia del último recibo de pago actualizado.

7) Fotocopia de inscripción ante A.F.I.P. ( D.G.I. )

8) En caso de tratarse de establecimientos lácteos o cárnicos presentar fotocopia de habilitación otorgada por Senasa O Direccion Provincial De Ganaderia y Mercados Dependiente Del Ministerio De Asuntos Agrarios De La Provincia De Buenos Aires.

Senasa
Direccion Nacional De Fiscalizacion Agroalimentaria
Direccion De Fiscalizacion De Productos De Origen Animal
Paseo Colon 367 sexto piso (1063) Capital Federal
Teléfonos: 011 - 4331 - 6041/49 internos 1605/07/08/21/02.
FAX: 011 - 4331 - 5908.
Web:www.senasa.gov.ar

Ministerio De Asuntos Agrarios Y Produccion De La Provincia De Buenos Aires

Direccion Provincial De Ganaderia Y Mercados
Calle 12, esquina 51, Torre I, Piso 6º, CP (1900) La Plata.
Web:www.maa.gba.gov.ar

Productos lácteos

Dirección de Sanidad y Fiscalización Ganadera
Departamento de Fiscalización de Industrias Lácteas
Teléfonos: ( 0221 ) 4295345 - Fax ( 0221 ) 4295210 Tel. conmutador ( 0221 ) 4295200 internos 5450 o 6119.
Email: induslac@maa.gba.gov.ar

Productos Cárnicos

Dirección de Sanidad y Fiscalización Ganadera, Departamento de Fiscalización de Industrias Cárnicas.
Teléfonos (0221 ) 4295200 interno 6114 o 5343 Fax ( 0221 ) 4295349
Email: carnicas@maa.gba.gov.ar

9) Fotocopia del plano del establecimiento con ubicación de las maquinarias, de acuerdo a los metros cuadrados, pago de módulos.

10) Fotocopia del título del Director Técnico del establecimiento (solo cuando lo exija la Autoridad Sanitaria Competente de acuerdo con la naturaleza del producto.

11) Fotocopia del Contrato Social.

12) En caso de cambio de Razón Social, de domicilio o ampliación de rubro, deberá presentar el certificado original de inscripción del establecimiento (en caso de extravío adjuntar constancia de denuncia policial) asimismo las planillas mencionadas en el punto tres (3) deberán ser por cuadriplicado.

13) Cuando se produzcan cambios de razón social, presentar fotocopias del correspondiente Contrato Social, la habilitación municipal y categorización a nombre de la nueva razón social.

14) Para solicitud de ampliación de importar - exportar, adjuntar fotocopia de planilla inscripción ante Aduana, certificado original de inscripción de establecimiento (R.P.E.) y dos planillas de inscripción de establecimiento, pago de un módulo más porcentaje por distancia.

15) Poder otorgado por la firma (en caso de ser otorgado) autenticado por escribano público.

16) Breve descripción del proceso elaborativo. Enunciación de puntos críticos
Selección de materias primas
Buenas normas de manipulación
Manejo adecuado y correcto de ingredientes y agregados.

17) Si el establecimiento es supermercado y elaboran productos que la venta se realiza en otras bocas de expendio adjuntar categorización y fotocopia de Director Técnico.

18) Todas las fotocopias deberán ser autenticadas por Escribano Público o Juez de Paz.

19) Autorización del dueño del establecimiento para permitir la entrada de inspectores de la autoridad competente, en cualquier momento sea en horario de funcionamiento o no.

20) Fotocopia de constancia de Zonificación

21) Los establecimientos a inspeccionar deberán estar en condiciones: terminadas su construcción en todas sus dependencias, como así la ubicación de todas sus maquinarias elaboradoras y fraccionadoras


Aranceles de inscripción de establecimientos
De acuerdo a los metros cuadrados del establecimiento, cuando se solicita R.P.E. ( Registro Provincial de Establecimiento ) deberá abonar los siguientes aranceles:

a) Establecimientos hasta 200 metros cuadrados abona 3 módulos.
b) Establecimientos de 201 a 1000 metros cuadrados abona 6 módulos.
c) Establecimientos de más de 1000 metros cuadrados abona 12 módulos.
d) Por duplicación de documentación (certificado de R.P.E.) abona un módulo.
e) Por cambios de razón social, domicilio, rubro, ampliación de rubro o importar - exportar abona un módulo.
f) Por toma de muestras de productos abona un módulo.

Recargos por distancia
Por distancia los aranceles se incrementan en los porcentajes que a continuación se detallan:

a) desde 50 km y hasta 100 km de La Plata; 10%
b) desde 101 km y hasta 200 km de La Plata; 20%
c) desde 201 km y hasta 300 km de La Plata; 30%
d) desde 301 km y hasta 500 km de La Plata; 40%
e) desde 501 km en delante de La Plata; 50%

VALOR BASICO DEL MODULO $120
Cuenta Nº 1692/2 del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Una vez que el establecimiento queda habilitado con R.P.E. o R.N.E, se puede dar comienzo a la inscripción de los productos.
Para comercializar dentro de la Provincia de Buenos Aires (excepto ciudad de Buenos Aires), no necesita R.P.E. o R.N.E., para este caso deberá tener la Habilitación Municipal Definitiva y el P.A.M.S. (Producto Aprobado por el Ministerio de Salud).
Para comercializar en todo el País se necesita el R.N.P.A. (Registro Nacional de Producto Alimenticio).
Para obtener el R.N.P.A. es requisito indispensable contar con R.P.E. o R.N.E. según el Decreto 1440/80.

Inscripción de productos alimenticios


¿Cómo se inician los trámites para registrar un producto?
a) En el Municipio respectivo, salvo que no sea un Municipio descentralizado.

Municipio Descentralizado: Es aquel Municipio que posee convenio con el Laboratorio Central de Salud Pública de la Pcia de Bs As.

b) En el Laboratorio Central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires, calle 526 entre 10 Y 11 (1900) La Plata.

Teléfonos:
Oficina de Asesoramiento Técnico Telefax 0221 - 4839160
Departamento de Análisis Bromatológico Telefax 0221 - 4249892
Departamento de Inscripción de Productos de Consumo 0221 - 4832039

Condiciones a tener en cuenta para el inicio de los trámites
Si usted inicia el trámite en un Municipio Descentralizado abona arancel simple (el que fija la Ley)
Si usted inicia el trámite en el Laboratorio Central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires, pero su empresa esta instalada dentro del ejido de un Municipio Descentralizado abona arancel doble. En este caso es conveniente iniciar el trámite en su Municipio; porque abonará arancel simple (el que fija la Ley).
Si su empresa esta instalada dentro del ejido de un Municipio no Descentralizado (sin convenio con el Laboratorio Central de Salud Pública), debe inscribir el producto en el Laboratorio Central de Salud Pública abonando arancel simple.

Cuánto cuesta la inscripción de cada producto?
Cada producto tiene un arancel preestablecido y regulado por el Decreto Provincial 2207/85. Pero de acuerdo al Decreto Provincial 2558/99 se tiene en cuneta lo siguiente:

Las Microempresas cuando así lo requieran, podrán abonar los aranceles de inscripción de productos en forma fraccionada en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, no inferiores a $30 cada una. Para la incorporación al sistema, las microempresas deberán presentar ante el Laboratorio Central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires un certificado que las acredite como tales, expedido por el Ministerio de y Producción, Dirección Provincial de Desarrollo Productivo Local y Microempresas, cito en calle 51 Nº 735 de la Ciudad de La Plata, Teléfono (0221) – 4215609, 4213315.

Las PYMES, cuando así lo requieran, podrán abonar los aranceles de inscripción de productos en forma fraccionada en hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas no inferiores a $60 cada una. Para la incorporación al sistema deberán presentar ante el Laboratorio Central de Salud Pública un certificado que las acredite como tales expedido por el Ministerio de Producción, Subsecretaría de Industria, Departamento Registro Industrial e Inversiones cito en calle 54 y 12, Torre 2 Piso 13, de la Ciudad de La Plata, Teléfono (0221) - 4295559 .

Se incluye en las excepciones de pago de aranceles establecidos en el Art 14º del Decreto 2207/85 a los Talleres Protegidos de Producción, cuyo personal esté constituido por un mínimo de 70% de discapacitados físicos o mentales.
Se deroga el cobro de arancel por Tránsito Federal (Artº 9 Decreto 2207/85).

Ejemplos de pago de aranceles de algunos productos alimenticios (Municipio descentralizado)

Ejemplo 1
Un fabricante de dulce de leche debería pagar los siguientes aranceles.
Análisis Físico - Químico..............$58
Análisis Bacteriológico...................$103,09
Arancel de Inscripción.....................$164,90

Ejemplo Nº 2
Un fabricante de chacinados crudos debería pagar por producto los siguientes aranceles
Análisis Físico - Químico...........................$58
Análisis Bacteriológico...............................$67
Arancel de Inscripción.................................$164,90
Hasta 5 productos por expediente

Ejemplo Nº 3
Un fabricante de chacinados cocidos debería pagar por producto los siguientes aranceles
Análisis Físico - Químico..............................$58
Análisis Bacteriológico...................................$83
Arancel de Inscripción....................................$164,90
Hasta 5 productos por expedientes

Ejemplo Nº 4
Un fabricante de quesos pasta blanda debería pagar por producto los siguientes aranceles
Análisis Físico - Químico................................$58
Análisis Bacteriológico....................................$67
Arancel de Inscripción.....................................$164,90
Hasta 5 productos por expediente.

Ejemplo Nº 5
Un fabricante de dulces de frutas debería pagar por producto los siguientes aranceles
Análisis Físico - Químico...............................$37,1
Análisis de Inscripción....................................$164,90
En el caso que estos productos contengan 50% o más de azúcares se les hace un análisis de absorción atómica para detectar plomo y cobre abonando un arancel de:
Cobre $72
Plomo $72
Hasta 5 productos por expediente.

Ejemplo de pago de aranceles en Municipios No Descentralizados
Teniendo en cuenta los mismos productos alimenticios descriptos para Municipios Descentralizados, deberán abonar los aranceles anteriores, más los siguientes:
Iniciación de Trámite: $24,7 por expediente (hasta 5 productos por expediente)
Toma de muestras de productos: 0,5154 $ por kilómetro de ida y vuelta al Municipio no Descentralizado (hasta 5 productos por expediente).
Un sellado Provincial de $ 4,40.

Envases
Existen dos posibilidades:
Comprar el envase al fabricante o proveedor y solicitar la documentación correspondiente a los análisis realizados por el Organismo Oficial (INTI, SENASA, ETC.)
Diseñar y fabricar el envase propio, debiéndose luego realizar los análisis correspondientes ante el Organismo Oficial (INTI, SENASA, ETC.). En este caso el productor debe abonar el costo de los análisis.
SENASA:
Direccion De Laboratorio y Control Tecnico
Avenida Fleming 1653 (1640) Martínez, Buenos Aires.
Teléfonos: 011- 4836 - 0066/1115/1113 – Conmutador del Laboratorio 011-48361170/1171/1121.
En ambos casos puede inscribir el envase en el Laboratorio Central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires sin cargo alguno.

¿Preciso un gestor?
La inscripción de los productos puede realizarla el Propietario de la Firma, Apoderado o Director Técnico en caso de contar con él.
No es necesario la designación de un gestor

¿Preciso Director Técnico?
En general no, salvo que elabore productos lácteos a partir de leche cruda, alimentos dietéticos o aguas de bebida. Para casos puntuales consultar ante la Dirección de Fiscalización Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
¿Qué documentación se debe presentar?
Nota de presentación dirigida a la Autoridad Municipal o al Director del Laboratorio Central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires, según corresponda.

Anexo I ( uno por expediente ). Datos que contiene el Anexo I:
b1) Firma comercial que presenta el producto.
b2) Nombre y tipo del establecimiento elaborador.
b3) Dirección correspondiente al establecimiento elaborador.
b4) Indicar si los productos se venden al mostrador o envasados.
b5) En caso de ser envasado declarar el tipo de material empleado.
b6) Materias primas empleadas, dejando como constancia el nombre y domicilio del proveedor.

Anexo II
( tres por producto ). Datos que contiene el Anexo II:
c1) Designación reglamentaria propuesta al producto (ejemplo Pan de Soja).
c2) Marca.
c3) Fórmula cuali - cuantitativa porcentual del producto en orden decreciente incluyendo los aditivos empleados.
c4) Breve descripción del proceso elaborativo.
c5) Condiciones ambientales en que el producto debe ser conservado y período durante el cual se mantiene inalterable.
c6) Controles que efectúa el elaborador sobre el producto.
c7) Especificación del material de envase (que cumplimente los requisitos legales).

Declaración jurada: Disposición Nº 1226/92, firmada por el responsable de la empresa (o director técnico si corresponde) donde declara bajo juramento que los datos consignados en los anexos I y II son veraces y que se compromete a elaborar el producto en la forma en que se detalla, manteniendo inalterables tanto sus componentes como su proceso de elaboración, envases y rótulos. Se presentará una por cada producto autenticada por Escribano Público o Juez de Paz o Autoridad Provincial o Municipal.
Proyecto de rótulo. Datos que contiene el rótulo:

e01)
Razón social
e02) Domicilio del establecimiento elaborador
e03) Expediente de habilitación municipal Nº, o R.P.E. Nº (según corresponda).
e04) Número de certificado del producto según las siglas que correspondan.
       P.A.M.S. Nº (para ámbito provincial)
       R.N.P.A. Nº (para tránsito federal).
e05) Denominación y Marca del producto.
e06) Contenido neto.
e07) Fecha de envasado.
e08) Consumir preferentemente antes de fecha.
e09) Nómina de ingredientes en orden decreciente de sus porcentajes.
e10) Todo otro dato que sea obligatorio según el tipo de producto.
El proyecto de rótulo debe ser presentado por cuadruplicado por cada producto. No llevan rótulos los de venta al mostrador.
Constancia de Registro: Es donde se vuelcan los datos de la empresa, la habilitación, datos de los apoderados y el director técnico si lo hubiera. Consta de los siguientes datos:
f01) Nombre de la sociedad
f02) Domicilio
f03) Teléfono
f04) Integrantes
f05) Plazo de duración
f06) Inscripción en AFIP (recibo último pago).
f07) Inscripción en Ingresos Brutos (recibo ultimo pago. En caso de estar exento, presentar constancia de exención).
f08) Habilitación del establecimiento:
      a) Documento presentado (habilitación municipal o R.P.E. según corresponda).
      b) Número
      c) Otorgado por
      d) Expediente
      e) Fecha de habilitación
      f) A nombre de
      g) Domicilio
      h)Tipo y rubro
f09) Mandato
      a) Otorgado por
      b) A favor de
      c) D.N.I.
      d) Domicilio Apoderado
      e) Fecha de otorgación y función autorizante
f10) Dirección Técnica
      a) Nombre, D.N.I.
      b) Título (fotocopia autenticada)
      c) Matrícula ( pago al día otorgada por el colegio profesional respectivo)
      d) Otorgada por
      e) Fecha


Requisitos a presentar para la confección de la Constancia de Registro

Sociedad Anónima o S.R.L.
Debe presentar lo siguiente:
Fotocopia autenticada del estatuto de la empresa
Ultima acta de asamblea donde se designa autoridades (Presidente y Vicepresidente)
D.G.I. ( último pago )
Ingresos Brutos (en caso de presentar Convenio Multilateral, deberá contar con domicilio fiscal en la Pcia. de Bs.As.; caso contrario consultar documentación a presentar) (último pago).
En caso de estar exento, presentar Constancia de Exención.
El trámite en la Sociedad Anónima lo puede realizar el Presidente, Vicepresidente, Apoderado Director Técnico.
El trámite en la S.R.L. lo puede realizar él o los Socios Gerentes, Apoderados o Director Técnico.
Sociedad de Hecho
Debe presentar lo siguiente:
Fotocopia autenticada de los D.N.I. de los Socios.
D.G.I. ( último pago )
Ingresos Brutos (en caso de presentar Convenio Multilateral, deberá contar con domicilio fiscal en la Pcia. de Bs. As., caso contrario, consultar documentación a presentar) (último pago).
En caso de estar Exento, presentar Constancia de Exención.
El trámite lo puede realizar los integrantes en conjunto, uno de los socios en carácter de apoderado, Apoderado o Director Técnico.
Unipersonal
Debe presentar lo siguiente:
Fotocopia autenticada del D.N.I. del dueño de la empresa.
D.G.I. ( último pago )
Ingresos Brutos (en caso de presentar Convenio Multilateral, deberá contar con domicilio fiscal en la Pcia. de Bs. As.; caso contrario consultar documentación a presentar) (último pago).
En caso de estar exento, presentar Constancia de Exención.
El trámite lo puede realizar el dueño de la empresa, Apoderado o Director Técnico.
Director Técnico
Deberá presentar:
Fotocopia autenticada del Título.
Matrícula con pago al día otorgada por el Colegio respectivo de la Pcia. de Bs. As. (en caso de que el establecimiento elaborador esté en dicha jurisdicción ).
Apoderados
Deberán presentar Poder o Carta Poder ante Escribano Público o Juez de Paz, en caso de ser un Escribano de otra jurisdicción, deberá ser pasado por el Colegio de Escribanos respectivo.
Toda documentación a presentar deberá ser original o fotocopia autenticada ante Escribano Público o Juez de Paz.
En ningún caso se autenticarán fotocopias de fotocopias autenticadas por Escribano Público o Juez de Paz.

¿Cuánto demora el trámite?

El trámite para la inscripción de productos debe ser resuelto por la Autoridad Sanitaria dentro de los 30 días hábiles de recepcionado. Si el trámite por cualquier motivo no hubiera sido resuelto, la empresa podrá comercializar el producto con el número de Expediente, excepto que la Autoridad Sanitaria hubiere realizado objeciones o solicitado ampliación de la documentación, en cuyo caso no corre el plazo de los 30 días.

Cantidad de productos inscriptos por expediente

En un trámite normal de inscripción de productos, pueden presentarse hasta 5 productos diferentes por expediente.

Validez de los certificados

La validez de los certificados de aprobación de productos bromatológicos es de 5 años. Vencido dicho plazo de 5 años el certificado caducará automáticamente si el interesado no se presenta a tiempo solicitando por escrito su actualización.

Reinscripción de productos

Los aranceles que requieran los trámites de reinscripción de productos solicitados antes del vencimiento fijado en 5 años ( 30 días antes ) se reducirán casi en un 50%.

Trámites con carácter de urgencia

Los trámites que se requieran con carácter de urgente, una vez aceptados por el Laboratorio Central de Salud Pública, se les otorgará Trámite Preferencial, debiéndose abonar el doble del arancel total de la tramitación. A tal efecto el Organismo arbitrará los medios para diferenciar las actuaciones. En este tipo de trámite solo podrá presentarse un solo producto.

Reglamentacion Del Pago En Cuotas

Existe el Decreto 2558 del 24/9/99 según el cual se dispone el pago de los aranceles en cuotas para PYMES y Microempresas y se deroga el arancel del Tránsito Federal.

Instrucciones Para El Pago En cuotas

Dirigirse al Municipio
Firmar un convenio con el Municipio indicando el monto total de los aranceles y el número de cuotas y monto de cada una.
Formas de Pago:
Boleta única intersucursales para la cuenta nº 1529/7, sucursal receptora Nº 2021 (no devenga comisión).
Interdepósito en efectivo para la cuenta Nº 1529/7 dirigido a casa Matriz La Plata sucursal receptora Nº 2021 (sumándole al importe de aranceles $ 2,50 en concepto de comisión por interdepósito).
Pago en el Banco Provincia, Casa Matriz La Plata, boleta de depósito en efectivo a la cuenta anteriormente mencionada.
Giro Bancario a nombre del Laboratorio Central de Salud Pública - no a la orden - del Banco de la Provincia de Buenos Aires, dirigido a casa matriz La Plata sucursal receptora Nº 2021 (tiene una comisión bancaria de $11,50).
Adjuntar la primera cuota al expediente (original de pago)
Los montos estarán a cargo del solicitante y son orientativos, debiendo sumarlo al total depositado en cada ocasión de realizarlo.
El Municipio autenticará una fotocopia del comprobante de pago que se envía a este Laboratorio.
La fotocopia autenticada le quedará al titular del certificado, y le servirá como comprobante ante la autoridad que lo requiera.
Entregar personalmente en ventanilla de Tesorería o enviar por correo el pago original especificando el número de expediente, razón social, domicilio, número de cuotas y monto total, para abrir el registro en Tesorería del Laboratorio Central de Salud Pública.
En el certificado de inscripción constará que será válido presentando la fotocopia autenticada por el Municipio, del comprobante de pago, o el pago original.
Al cancelar la deuda el municipio deberá enviar el certificado de inscripción original en el expediente por el cual se inició el trámite, para dejar constancia en el certificado de la cancelación de la deuda.

 


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